BASES Y CONDICIONES DEL PROGRAMA PUENTES DE CINE
Proyecto de Cine Independiente Asociación Civil (PCI) con el apoyo de Mecenazgo de la Ciudad de Buenos Aires, convoca a directores y directoras argentinos y/o extranjeros que residan legalmente en el país a presentar sus películas de largometraje al programa “PUENTES DE CINE”, con el objeto de fomentar la educación audiovisual, apoyar y mejorar la distribución, difusión y exhibición de películas en la República Argentina. Se otorgarán apoyos en dos líneas: 1) Apoyo al lanzamiento; 2) Apoyo a la difusión.
OBJETIVOS:
- Fomentar el público del cine independiente y formas alternativas de exhibición de cine argentino;
- Diseñar e implementar estrategias de distribución que ayuden a las películas de largometraje a encontrarse con sus públicos;
- Realizar acciones para la accesibilidad de la oferta cultural cinematográfica.
Proyecto de Cine Independiente Asociación Civil (PCI) convoca a directores y directoras argentinos y/o extranjeros que residan legalmente en el país a presentar sus películas de largometraje al programa “PUENTES DE CINE”.
Fecha: hasta el 20 de Mayo de 2020. La inscripción deberá realizarse en forma virtual a través del formulario on-line disponible en la web del programa: www.puentesdecine.com.
a. Cumplimentar el formulario de inscripción en el que deberá constar: título de la película, nombre del director/a, email del director/a, teléfono de contacto, indicar la distribuidora en el caso de tenerla, agencia de prensa contratada en el caso de tenera, fecha tentativa de estreno, link de previsualización de la película y contraseña en el caso de tenerla, sinopsis, ficha técnica y adjuntar DNI (formatos permitidos .pdf y .jpeg).
b. Para la presente convocatoria la película debe tener estreno exclusivo en la Sala de Cine Virtual de Puentes de Cine en www.puentesdecine.com previsto para junio o julio de 2020.
a. En el caso de películas con co-dirección deberá ser presentado por uno solo de los directores/as. En el caso de que la película se presente dos veces o más veces a nombre de un co-director distinto del mismo filme, se desestimarán las presentaciones efectuadas.
b. Los directores/as no podrán recibir más de una ayuda.
c. No serán tomadas en cuenta las presentaciones de directores/as de años anteriores que no hayan cumplido con los compromisos adquiridos, en los plazos estipulados según la reglamentación vigente.
d. En el caso de que se realicen presentaciones por miembros de la Comisión Directiva de Proyecto de Cine Independiente Asociación Civil ó que tengan intervención en algún rol dentro de una película presentada, deberá abstenerse de la evaluación de la presentación para garantizar la imparcialidad del jurado. Quedan excluidos de esta convocatoria quienes posean relación de parentesco hasta el segundo (2º) grado consanguíneo de los miembros de la Comisión Directiva.
e. El apoyo se confirmará únicamente después de una reunión entre el director/a de la película, la Comisión Directiva de Proyecto de Cine Independiente Asociación Civil, el productor/a y la distribuidora (en el caso de que la hubiere). Esta reunión permite desarrollar la colaboración entre las partes y profundizar el conocimiento sobre la película.
f. El director/a admitido/a acepta las condiciones de Proyecto de Cine Independiente Asociación Civil y será invitado a ser miembro de la asociación en el caso de no pertenecer aún.
La selección de las películas que integrarán el programa PUENTES DE CINE estará a cargo de un Jurado conformado por miembros de Proyecto de Cine Independiente Asociación Civil. De acuerdo con la cantidad de películas presentadas, la Asociación podrá convocar jurados de preselección. Las películas seleccionadas para el programa PUENTES DE CINE serán dadas a conocer con posterioridad al 1º de junio de 2020 a través del website del programa www.puentesdecine.com.
a. El apoyo al lanzamiento se realizará durante el tiempo estipulado en la reunión de coordinación y de confirmación del apoyo acorde al inciso f) del Art. 5º. En ningún caso podrá superar los 3 meses a partir de la fecha de estreno.
b. Se notificará al director/a de la película elegida para formar parte del programa PUENTES DE CINE vía correo electrónico. Transcurridos DIEZ (10) días corridos de la notificación, si no hubiere respuesta se tendrá por no aceptado el apoyo.
c. La película deberá exhibir de manera destacada el logo PUENTES DE CINE en los títulos de crédito al comienzo del filme, así como también en trailers, teasers, y en toda comunicación, publicación ya sea en papel o digital deberá también mencionarse el apoyo recibido por PCI – PUENTES DE CINE y deberá ser aprobado por Proyecto de Cine Independiente Asociación Civil (PCI).
Por el hecho de participar en el Programa PUENTES DE CINE, los/as postulantes prestan su conformidad, en caso de resultar seleccionados/as, para que se difunda su nombre y el título de la película, imágenes en movimiento o fijas, sinopsis y cualquier otra información correspondiente a la película, en el modo, lugar, formato, soporte y/o cualquier medio que determine Proyecto de Cine Independiente Asociación Civil por tiempo indefinido o instituciones autorizadas por éste, excluyendo toda otra utilización que persiga fines comerciales.
La simple inscripción equivale a una declaración jurada de los directores/as afirmándose como autor/res legítimos de la película. Los/as postulantes declaran estar expresamente autorizados y tener todos y cada uno de los derechos necesarios para su uso y/o exhibición de la película, garantizando la indemnidad a Proyecto de Cine Independiente Asociación Civil frente a eventuales reclamos que terceros pudieran efectuar.
Los/as directores/as autorizan a Proyecto de Cine Independiente Asociación Civil a utilizar todo el material e información que provean al programa PUENTES DE CINE y la totalidad de las imágenes y sonidos obtenidos mediante filmaciones y/o sesiones de fotografía y/o cualquier otro medio técnico, en el marco de las actividades llevadas adelante por el programa PUENTES DE CINE, por cualquier medio de comunicación creado o a crearse, incluyendo pero sin limitarse a material periodístico, avisos publicitarios, avisos audiovisuales, gráficos, diarios y revistas, vía pública, Internet, representaciones televisivas y/o de radiodifusión, material promocional y demás gráficas e imágenes, tanto en Argentina como en el extranjero, con la única limitante de aquellos usos que pudieran afectar el derecho al honor. Dicha autorización comprende, pero no se limita al derecho de reproducción, distribución y comunicación al público, dejando constancia que las imágenes obtenidas en el marco de las actividades llevadas adelante por la presente convocatoria no implican el derecho de remuneración previsto en el Art. 56 de la ley 11.723 de Propiedad Intelectual. En todos los casos será mencionado el nombre de la película y su autor/res.
El/la director/a que no diera cumplimiento a las cláusulas del presente reglamento se le podrá aplicar, a criterio de la Comisión Directiva de Proyecto de Cine Independiente Asociación Civil las siguientes sanciones: retirar del programa PUENTES DE CINE la película seleccionada y dejar sin efecto la ayuda obtenida, pudiendo exigir el reintegro total de los gastos efectuados.
El solo hecho de presentarse mediante el formulario del programa PUENTES DE CINE implica por parte de los/as postulantes la aceptación de todas las normas del presente reglamento
Toda circunstancia no prevista en las normas precedentes será resuelta por la Comisión Directiva de Proyecto Cine Independiente Asociación Civil.
